Nación
Gobierno Nacional prohíbe todas las actividades económicas en horario nocturno
El gobierno de Iván Duque expidió el decreto 531 de 2020, que, salvo algunos ajustes, en esencia sigue siendo el mismo que está en curso e irá hasta el próximo lunes 13 de abril. Por tanto, se da continuidad a las medidas de aislamiento preventivo obligatorio. Dando algunas excepciones a sectores económicos que son fundamentales para el sostenimiento de la población.
“la comercialización presencial de productos de primera necesidad se hará en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales a nivel nacional, y podrán comercializar mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio”, señala el artículo 12 del decreto 531.
De esta manera, se reafirman las excepciones al sector productivo que se venían contemplando. Agregando en el numeral 23 que se permite “la comercialización de los productos de establecimientos y locales gastronómicos mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio”.
Sin embargo, lo novedoso en este nuevo decreto radica en el artículo 35, parágrafo 5. Éste indica que “las excepciones contempladas en los numerales 12 y 23, podrán ser desarrolladas, mientras dure la medida de aislamiento preventivo obligatorio, en el horario comprendido entre las 6:00 am y las 8:00 pm”.
Así pues, en ese horario queda prohibida la comercialización de cualquier producto, ni siquiera a través de domicilios. Por ser vital para la salud de las personas en cualquier momento, solo las farmacias 24 horas podrán seguir funcionando con normalidad.
Por lo demás, en términos generales el nuevo decreto le dará continuidad a las medidas implementadas desde el 25 de marzo, en aras de prevenir la propagación del coronavirus.
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