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SETP de Ibagué se queda sin piso jurídico

SETP de Ibagué se queda sin piso jurídico

El Juzgado Octavo Oral Administrativo de Ibagué declaró la nulidad del polémico decreto 806 del 2019, a través del cual se adoptó el Sistema Estratégico de Transporte Público (SETP).

La juez Diana Milena Orjuela concedió la nulidad solicitada por Transportes La Independencia SA y Transportes Flota Andrés López de Galarza SA, representadas por los abogados Juan Felipe Rodríguez y Jesús Eduardo Triana. Ambas empresas apelaron a seis cargos en contra de la Alcaldía de Ibagué, por las normas violadas en el decreto que expidió la administración de Guillermo Alfonso Jaramillo.

Uno de los puntos más polémicos del decreto es la creación del Ente Gestor, que entró a regular el servicio de transporte público colectivo en Ibagué. "El Ente Gestor maneja todo lo que tiene que ver con el recaudo y recursos de las empresas, algo que es totalmente ilegal, porque la norma expresamente dice que no lo puede hacer un ente público, sino privado", explicó el abogado Juan Felipe Rodríguez. 

A su vez, el Ente Gestor es el encargado de asignar directamente la rutas correspondientes a cada empresa. "Es algo que debe hacerse por mecanismos más abiertos, más transparentes, y no asignar a dedo las rutas. Entonces asignan las mejores rutas a las empresas más poderosas y a los otros les deja rutas que no son muy rentables", manifestó. 

Según se indicó en el 2019, el decreto 806 buscaba compilar todas las normas del transporte público colectivo de Ibagué existentes desde el año 2008. Sin embargo, también creó nuevas normas y le otorgó a la Administración Municipal facultades de las cuales no puede gozar.

"Se previeron diversas figuras y condicionamientos específicos no contemplados en normas anteriores, lo que anula la aparente compilación, convirtiendo a la norma demandada, en una norma autónoma que merece un análisis profundo como en efecto se hizo", reza el fallo de la Juez.

Así pues, la Juez declaró la nulidad de varios artículos y parágrafos del decreto. Es decir, el SETP quedaría sin piso jurídico. 

"Evidentemente queda sin piso jurídico, porque claramente hay una nulidad de 16 disposiciones del decreto (...) Quitan la columna vertebral, que es el Ente Gestor, prácticamente está quitando todo", acotó Rodríguez. 

El abogado también recalcó que, si bien la responsabilidad inicial fue de la administración de Guillermo Alfonso Jaramillo, la actual de Andrés Hurtado tampoco ha mostrado intenciones de corregir los errores jurídicos. De hecho el alcalde Andrés Hurtado nombró a César Yáñez, exsecretario de Movilidad, como gerente del SETP.

"El error desde el principio la tuvo la administración pasada con la expedición de este decreto, pero después la implementación ha sido de la administración de Andrés Hurtado (...) Fallan ambas administraciones, no podían seguir adelante con este esperpento de decreto", aseveró. 

En su última visita a la capital del Tolima, el presidente Iván Duque le pidió al alcalde Andrés Hurtado que iniciara en un plazo máximo de seis meses la implementación del SETP, que tiene más de $466.000 millones asignados por el Gobierno Nacional. No obstante, todo apunta a que una vez más se postergará la anhelada implementación del proyecto.

"Sin lugar a dudas el fallo va a tener unas implicaciones. ¿Cómo se va a implementar el SETP, si se queda sin piso jurídico y se declaró nulo? Se puede afectar claramente el cronograma de implementación del SETP. Ahora la Alcaldía de Ibagué es la encargada de hacer las cosas bien desde el principio", afirmó. 

El fallo de primera instancia ahora seguramente será apelado por la Alcaldía de Ibagué, y pasará al Tribunal Administrativo del Tolima.

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