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No insulten a la corte, no insulten a la democracia

No insulten a la corte, no insulten a la democracia

La Corte Suprema de Justicia opera en derecho, desestimar sus decisiones basándonos en juicios de valor o elementos estrictamente políticos es un despropósito, y, un claro desconocimiento del Estado Social de Derecho, el equilibrio de poderes y la institucionalidad colombiana.

La procedencia, el camino recorrido, la tendencia política o la cantidad de poder que ostenta una persona no la hace incuestionable o exenta de someterse a la justicia y sus decisiones, si en alguna ocasión faltó o se presume que faltó a las leyes colombianas. Desde estas instancias tendrá las garantías para defenderse y demostrar o no su inocencia.

El senador Uribe es acusado de fraude procesal.

Luego de revisar 2.400 folios probatorios y de escuchar 27.000 audios interceptados, la Corte Suprema de Justicia decidió dar detención domiciliaria, la cual, según conocedores en materia penal, no menoscaba la presunción de inocencia, pero sí muestra que se encontraron indicios suficientes o pruebas para apuntar a un fallo condenatorio.

Llaman la atención los argumentos que se erigen desde sectores cercanos al senador Álvaro Uribe entorno a la decisión de la Corte, pues carecen de veracidad o acervo probatorio, es más, nada tienen que ver con el caso.

Dicen que no se puede juzgar al hombre que acabó con las FARC.

Los datos muestran que en el 2003-2007 se presentaron cerca de 1.000 ataques perpetrados por esta guerrilla, en el 2008 se reportaron 1.353, en el 2009, 1.614 y en el 2010, 1.947 ataques. ¿Si las acabó, por qué hay un crecimiento exponencial de los ataques perpetrados en los últimos años de su gobierno?

Dicen que no se puede juzgar al hombre que acabó con los paramilitares.

Los hechos evidencian que no hubo reparación o verdad en el proceso de desmovilización de estos grupos, que el proceso se logró por disputas internas en la organización, pues el Bloque Central Bolívar tenía disputas con la casa Castaño y estos últimos, a su vez, tenían disputas con las autodefensas del Casanare, acontecimiento que explica el fracaso del proceso y la vinculación posterior de quienes comandaban estos grupos disidentes a las actuales BACRIM.

Dicen que, si a las FARC se les dio beneficios jurídicos, la justicia estaría impedida moralmente para juzgar al Senador.

Este argumento desconoce la existencia de una jurisdicción especial creada debido a un acuerdo en donde los actores se comprometen a dar verdad y a reparar a cambio de penas flexibles, aclarando que aquí no están cobijados los crímenes de lesa humanidad. Si es tanto el problema, que el senador se acoja a la JEP y, como uno de los partícipes del conflicto, le brinde verdad al país, así obtendría los mismos beneficios, aprovechando además que eliminaron la responsabilidad de mando.

Existen mil argumentos más que pueden ser controvertidos y desmitificados, pero, insisto, nada de esto tiene que ver con el caso. La tendencia política, sus resultados como servidor público o la situación jurídica de terceros no tienen ningún efecto o incidencia sobre la decisión de la Corte, traerlos a colación implica hacer un juicio moral, un juicio de valor o una discusión política. Tratar de trasladar el proceso de la Corte a este terreno es un insulto a la institucionalidad y a la democracia misma.

Por último, que la Corte Suprema de Justicia dicte este tipo de medidas contra la persona más influyente y poderosa del país, habla bastante bien de la fortaleza que poseen algunas instituciones y, reivindica un principio básico de cualquier democracia seria, “nadie está por encima de la ley”.

Fuentes.

Observatorio de conflicto armado de la fundación nuevo arcoíris

Fundación Pares

Investigación sobre el paramilitarismo, repositorio Universidad Nuestra Señora del Rosario. Maestría en estudios políticos e internacionales.

*Politólogo UT

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