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Usted sí podrá pasear a su mascota durante el toque de queda

Usted sí podrá pasear a su mascota durante el toque de queda

Varias son las dudas de la ciudadanía en cuanto a las excepciones que tiene la medida de toque de queda permanente, que regirá en Ibagué durante este fin de semana. Por eso, a continuación daremos a conocer de manera puntual aquellas excepciones que le darán claridad para solventar de mejor manera el día a día de usted y su familia. 

En primera instancia, un miembro de cada familia podrá salir a comprar los elementos necesarios para la subsistencia del hogar. Es de resaltar que dicha persona no puede ser menor de 18 años o mayor de 60; y sólo podrá comprar productos de primera necesidad, farmacéuticos, médicos, ópticos, ortopédicos, aseo e higiene, así como alimentos y medicinas para animales. 

Asimismo, será lícito el tránsito de los vehículos para el abastecimiento y adquisición de los productos anteriormente mencionados. También podrán circular las personas y vehículos que requieran asistir a consultas pediátricas o geriátricas; o, para auxiliar a discapacitados, personas mayores, niños, enfermos y animales vulnerables.

Adicionalmente, podrán trabajar las personas que presten sus servicios a empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de elementos de primera necesidad, alimentos preparados y productos farmacéuticos; por medio de motocicletas y bicicletas, quienes deberán estar plenamente identificados.

De otro lado, el aeropuerto Perales continuará funcionando por orden del Gobierno Nacional. Así pues, se podrá hacer el cargue y descargue de pasajeros desde o hacia Perales. 

El servicio público individual de taxis podrá ser usado, siempre y cuando se solicite telefónicamente o a través de plataformas, para el desplazamiento por situaciones de emergencia o grave alteración a la salud. 

Los trabajadores del aeropuerto, operarios de empresas, prestadores de servicios y guardas de seguridad, podrán funcionar durante el toque de queda permanente, y deberán tener a la mano sus respectivos carnets o documentos. 

Finalmente, una persona por núcleo familiar podrá sacar cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, a sus mascotas o animales de compañía por un lapso no superior a 15 minutos.

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