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Alcaldía diferirá a cuotas los impuestos de los ibaguereños que aún no pagan

Alcaldía diferirá a cuotas los impuestos de los ibaguereños que aún no pagan

Las entidades informaron que diferirán automáticamente a 11 cuotas ambos impuestos. Cabe resaltar que no se cobrará ningún tipo de interés y la primera cuota se debe cancelar a más tardar el primero de julio. 

El beneficio aplicará para los pagos correspondientes al año 2020, no para aquellos que estén vencidos. "Si el beneficiario se atrasa en alguna cuota, podrá efectuar su pago antes de la finalización del mes de junio de 2021, en caso contrario, se ordenará el pago junto con los intereses moratorios", precisa la Alcaldía. 

Sin embargo, todavía hay tiempo para quienes desean efectuar el pago total de la obligación o disminuir el número de cuotas. Solo deben acercarse a la Secretaría de Hacienda - Dirección de Rentas. 

A su vez, la Alcaldía aclara que, al beneficiario que asuma el pago por cuotas "no se le expedirá paz y salvo de Predial". 

Otros beneficios para impuestos, contribuciones y multas en mora

Estos serán los descuentos que gozarán los sujetos pasivos, contribuyentes  o responsables que tengan deudas pendientes en dichas obligaciones:

- Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones.

- Entre el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020 se pagará el 90% del capital sin
intereses.

- Entre el 1 de enero y hasta el 31 de mayo de 2021 se pagará el 100% de capital sin interés nisanciones.

De otro lado, en los casos del Impuesto Predial y multas de tránsito y transporte, solamente se hará la reducción de los intereses de mora en y la proporción del capital referido, que se verá reflejado en la factura. 

"Si el pago no se realiza máximo en las fechas descritas se deberá pagar la totalidad de la obligación", advierte la Administración Municipal. 

Además, enfatiza en que estos beneficios no aplicarán para los beneficiarios que soliciten acuerdo de pago. En cambio, sí cobija a los acuerdos ya vigentes, sobre las cuotas pendientes de estos.

"Si el beneficiario realiza un pago superior al que se debe no habrá lugar a solicitudes de devolución", cierra la Alcaldía de Ibagué.

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