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Abren incidente de desacato contra alcaldía de Ibagué

Abren incidente de desacato contra alcaldía de Ibagué

El 6 de febrero del 2018, para la época era alcalde de Ibagué Guillermo Alfonso Jaramillo, por sentencia de Acción Popular se ordenó a la Administración Municipal que emprendiera las acciones necesarias para garantizar el correcto y continuo funcionamiento del sistema semafórico de la Avenida Ambalá con Calle 111 en el Sector Pacandé de la ciudad, así como implementar la correcta demarcación vial y de tránsito en el mismo lugar.

El pasado 16 de julio el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito determinó que la Alcaldía de Ibagué no ha cumplido con la sentencia proferida dentro de esta acción constitucional; Dice el Juzgado que los plazos señalados para dar cumplimiento total al presente trámite sobrepasan los otorgados en la sentencia e incluso se encuentran más que vencidos, por tanto, considera, que se debe dar aplicación al artículo 41 de la Ley 472 de 1998, esto es, iniciar incidente de desacato por el incumplimiento a orden judicial.

En este sentido, El Juzgado Tercero Administrativo Oral, le dio tres días a la actual administración para que presente informe sobre las acciones realizadas para culminar este proceso. La decisión también cobija a la Secretaría Municipal de Movilidad.

Sobre el requerimiento de la Acción Popular, la actual administración a través de la Secretaría de Movilidad había presentado informe el pasado 17 de diciembre de 2020. Allí anunciaba al Juzgado que de acuerdo con programación con los técnicos de semáforos se haría la intervención de diagnóstico y recuperación del cruce en cuestión para finales de ese mes de diciembre de 2020. Informaba igualmente que en cuanto a la demarcación vial del lugar a finales de 2019 se había realizado instalación de pintura tipo tráfico para los pasos peatonales tipo cebra, las líneas de pare y las flechas de sentido vial.

Al respecto señaló en ese momento que la demarcación no se encuentra visible en proporción del estado del pavimento y las condiciones de contaminación de la superficie, así como que el mantenimiento solo se realizará en el acceso norte de la intersección, es decir sobre la Calle 111 pero no sobre la Avenida Ambalá.

De otra parte y con relación al plazo para la culminación de la ejecución de las obras,  la entidad indicó que para el mes de marzo de 2021 iniciaría la ejecución de rigor.  

Para el despacho del Juzgado que preside la Jueza Diana Carolina Méndez Bernal, de acuerdo con la respuesta de la Alcaldía “es claro que la entidad territorial no ha cumplido con la sentencia proferida dentro de esta acción constitucional, y los plazos señalados por el mismo municipio para dar cumplimiento total al presente trámite sobrepasan los otorgados en la sentencia e incluso se encuentran más que vencidos, por tanto, considera el Despacho que se debe dar aplicación al artículo 41 de la Ley 472 de 1998, esto es, iniciar incidente de desacato en contra del señor Andrés Fabián Hurtado Barrera en su calidad de Alcalde del Municipio de Ibagué, por el incumplimiento a orden judicial”.

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